Bucaramanga 19 de Sept. de 2016.
El Honorable Concejo del Municipio de Bucaramanga ha estado pendiente del trámite de los proyectos de acuerdo presentados en las sesiones extraordinarias, convocadas en los últimos días por la Administración Municipal; no obstante, a pesar de las reiteradas solicitudes hechas por parte de la corporación para que el señor Alcalde Municipal corrigiese las inconsistencias detectadas en la presentación de los proyectos de acuerdo Nº 028 – Nº 030, estas no han sido respondidas y por tanto en cumplimiento del Reglamento Interno fueron archivados.
Algunas de las inconsistencias detectadas a los proyectos de acuerdo referidos:
Proyecto No. 028 del 17 de Agosto de 2016.
“Por medio del cual se adiciona el Presupuesto General de Rentas y Gastos del municipio de Bucaramanga para la vigencia fiscal 2016”
1. Es necesario que el detalle del gasto sea presentado en el articulado y cuerpo del proyecto, sin embargo, la Administración Municipal lo incluye como un anexo.
2. No se identifica armonización del presupuesto con el Plan de Desarrollo “Gobierno de las Ciudadanas y Ciudadanos 2016-2019”.
3. El valor de la adicion en el artículo segundo del proyecto en mención, correspondiente al Instituto Municipal de Cultura y Turismo, es de $28.504.666, sin embargo, en la tabla del detalle en la distribución de recursos la cifra es muy diferente toda vez que la adición es de $893.262.471.90.
4. Es incongruente el valor total de la adicion al presupuesto que se pretenden efectuar por valor de $54.847.700.302.70, toda vez que solo le certifican al Concejo la existencia de los recursos en caja por valor de $39.245.948.802.19, faltando certificar la suma de $15.601.759.500.060.
5. Los considerandos no llevan literales o numerales, los cuales hacen parte de los requisitos elementales de forma de la presentación del Proyecto de Acuerdo.
6. Los valores autorizados por el CONFIS no corresponden a los incluidos en el Proyecto de Acuerdo.
7. Los valores incluidos en la tabla de la Exposición de Motivos, no coinciden con las cifras correspondientes al valor de la adicion señalada en el articulado del Proyecto de Acuerdo.
Finalmente, este Proyecto de Acuerdo debe estar fundamentado bajo los siguientes parámetros normativos: articulo 313 de Constitución Política de Colombia; Ley 136 de 1994; Decreto 1333 de 1986; Decreto 111 de 1996; y el Estatuto Orgánico de Presupuesto del Municipio contenido en el Acuerdo Municipal No. 076 de 2005.
Proyecto No. 030 del 17 de Agosto de 2016.
“Por el cual se autoriza al alcalde de Bucaramanga para comprometer vigencias futuras excepcionales y ordinarias”
Este proyecto se fundamenta en la Ley 152 de 1994, Ley 819 de 2003, Ley 1483 de 2011; el Decreto 111 del 1996, Decreto 1333 de 1986, el Acuerdo Municipal 020 de 2009; Acuerdo 076 de 2005; Acuerdo 041 de 2013 y 004 de 2014. Se resaltan los Acuerdos 041 y 004 en razón a que éstos cumplieron con el lleno de los requisitos exigidos para aprobación de las
vigencias futuras ordinarias y bastaba con que la Administración Municipal actual los tomara como fundamento para presentar la nueva autorización.
Si bien este Proyecto de Acuerdo perseguía fines similares (la aprobación de vigencias futuras), no fue posible aprobarlo debido al incumplimiento en casi el 50% del mismo, en materia de vigencias futuras ordinarias. Estas fueron las inconsistencias que dieron origen al archivo del Proyecto citado:
VIGENCIAS FUTURAS ORDINARIAS
1. Los anexos del proyecto en este caso, el marco fiscal de mediano plazo, son totalmente ilegibles.
2. El Proyecto de Acuerdo fue presentado sin el registro y la viabilidad de los proyectos de inversión en el Banco de Proyectos, según lo ordenado por el Decreto 111 del 1996, aspecto necesario que afecta en la construcción fase I y II del Centro vida Kennedy; construcción de vías Peatonales, modernización y construcción e interventoría del alumbrado público.
3. No se certifica que los proyectos de inversión estén consignados en el Plan de Desarrollo “Gobierno de las Ciudadanas y Ciudadanos 2016-2019”por lo cual el Proyecto 030 de 2016, carece de armonización con el Plan.
4. No se anexó el concepto favorable de la Secretaria de Planeación, como lo ordena el Acuerdo 020 del 2009.
5. La certificación de disponibildiad presupuestal para las atender las obligaciones para el año 2016 de las vigencias futuras ordinarias en el rubro $22.106.661, obras de alumbrado público, matenimiento y energía, recursos de alumbrado público e inversión están por valor de $1.228.000.000, cuando según el artículo 2 del citado proyecto, ascienden a la suma de $4.886.578.139. No hay congruencia igualmente.
Para el caso de las vigencias fuutras excepcionales, se le solicitó a la Administración Municipal que allegara la certificación de la capacidad de endeudamiento toda vez que carecían de dicha certificación.
Finalmente, el Proyecto de Acuerdo No. 029 de 2016 “Por medio del cual se adopta el Plan territorial de Salud 2016-2019 del Municipio de Bucaramanga” fue aprobado por el Honorable Concejo en razón a que dicha iniciativa cumplió con los requisitos exigidos para tal efecto.
El Proyecto de Acuerdo 031 de 2016 “Por medio del cual se autorizan la celebración de contratos de empréstito y se dictan otras disposiciones”, está pendiente para el estudio en segundo debate. Solo falta que la Administración Municipal allegue a la Corporacion la Certificación del Ministerio de Hacienda de no encontrarse en Mora de créditos con la Nación (Ley 819 de 2003, artículo 20) y Certificación de la Secretaría de Planenación Municipal sobre la viabilidad técnica y económica de los proyectos a financiar y su inclusión en el Banco de programas y proyectos del Municipio (Ley 152 de 1994, articulo 49).
OFICINA DE PRENSA